Plano de riesgos extraído del Plan Insular de Riesgos frente a Avenidas (enmarcado en el Plan Hidrológico de Tenerife en respuesta a la Directiva Marco del Agua de la UE).
Leyenda de los símbolos de riesgo:
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Como he visto que algunos tienen dudas sobre a quiénes compete tomar las medidas correctoras, preventivas e informativas frente a los riesgos de avenidas, riadas e inundaciones graves y muy graves detectados en la isla en caso de lluvias, añado enlaces a documentos y normativas relacionadas con esas competencias (adelanto al respecto que los ayuntamientos y los alcaldes sí tienen competencias, obligaciones y responsabilidades. Parece de cajón… pero vistos algunos comentarios bertistas alusivos a la inundación y desbordamiento de aguas fecales acaecidos el domingo en varios puntos de Los Cristianos… 😮 )
–>Documentos relacionados (pinchar para acceder):
– Plan Hidrológico de Tenerife (PHT)
– Plan de Defensa frente a Avenidas (PDA)
– Cuadro de cumplimiento de objetivos del PHT
– Cuadro de Compentencias de las distintas administraciones en materia de Aguas (PHT) –> Viene todo resumidito y muy claro
–> Marco Legislativo (pinchar para acceder):
– Directiva Marco del Agua de Europa (Directiva 2000/60/CE ).
– Ley 19/2003 de Directrices de Ordenación General.
– Plan Insular de Ordenación de Tenerife.
– Ley 12/1990, de 26 de julio, de Aguas.
– Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
– Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana.
– Toda la normativa reguladora de protección civil (incluyendo la relativa a inundaciones).
(Hay más normativa relacionada; si advierten alguna omisión importante, me avisan y la añado)
–>Extracto de la justificación del Plan de Defensa frente a Avenidas (enmarcado en el Plan Hidrológico de Tenerife).
En situaciones de lluvias extraordinarias, tanto por su magnitud como por su intensidad, las características de la Isla (orografía, geología, edafología, etc.) unido a la presión urbanística sobre el territorio favorecen las avenidas o crecidas repentinas de los caudales circulantes. La mayor parte de los daños debidos a este fenómeno se producen a causa de la velocidad del agua y los arrastres que moviliza.
El PHT propone un modelo de gestión del drenaje, derivado del Plan de Defensa frente a Avenidas (PDA). El PDA tiene como principal objetivo el establecimiento de un marco que permita conocer, prevenir y minimizar el riesgo de daños a personas y bienes, provocados por inundaciones, avenidas y otros fenómenos hidrológicos de carácter extremo, mediante:
– La eliminación de riesgos generados por las avenidas que se consideren inaceptables socialmente.
– El establecimiento de pautas de comportamiento que permitan minimizar el daño.
– La aplicación de normas y recomendaciones que eviten el aumento del riesgo en el futuro.
– La recopilación, organización y generación de la información necesaria, para
dar a conocer el riesgo al conjunto de la sociedad.
–>Extracto de Objetivos generales del Plan Hidrológico de Tenerife:
3. Objetivos respecto a la planificación de infraestructuras hidráulicas
3.1. Para la planificación general:
Definir y consolidar las infraestructuras hidráulicas de ordenación, regulación del uso y aprovechamiento de los recursos hídricos insulares y de las intervenciones que puedan y deban realizarse en esta materia.
3.3. Seguridad frente a fenómenos extremos
Paliar y prevenir los efectos del déficit hídrico permanente (aridez), y de las inundaciones, minimizando el riesgo de daños por avenidas.